Que es una Cooperativa de Trabajo?

¿QUE ES UNA COOPERATIVA?

Es la Asociación voluntaria de personas, que se asocian sobre la base del esfuerzo propio y la ayuda mutua, para organizar una empresa económica y social sin fines de lucro, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas. (Ley 438, art. 3º.)

QUE ES COOPERATIVISMO

El cooperativismo es un movimiento que se sustenta en la práctica de una doctrina cuyos valores y principios tienen como fin la dignificación del ser humano mejorando su calidad de vida. Con base en la cooperación, como tendencia natural entre seres humanos, su impulso involucra la combinación del factor de ayuda propia con ayuda mutua, como elementos orientados hacia la estructuración de valores humanos universales.


¿Qué es Cooperativa de trabajo?

Artículo 109.- Cooperativas de trabajo. Son cooperativas de trabajo las que tengan por objeto dar empleo a sus socios.

El producto obtenido de la actividad del trabajador, sea de carácter intelectual, artístico, manual o de otra índole, pertenece a la cooperativa y, en consecuencia, tiene la facultad de disponer libremente del mismo

La Conferencia Internacional del Trabajo la ha definido como:

“La Cooperativa es una asociación de personas que se han agrupado voluntariamente para lograr un objetivo común, mediante la constitución de una empresa, democráticamente dirigida, aportando una cuota equitativa del capital necesario y aceptando una justa participación en los riesgos y en los frutos de esa empresa, en cuyo funcionamiento los miembros participan activamente”.

 

 

¿Cómo funciona?

Cooperativismo

1. Los asociados se unen bajo el régimen de solidaridad responsable para que a través de la COOPERATIVA presten servicios, produzcan bienes o realicen obras en forma individual o colectiva, directa o para terceros, sean estas personas físicas o jurídicas por un precio por producción o comisión de servicios convenidos entre LA COOPERATIVA y los terceros.

2. La empresa o empresario contrata a la cooperativa para la prestación de servicios, producción de bienes, o realización de obras, por medio de un contrato civil, bajo las condiciones y precios convenidos. Es decir, la empresa o el empresario solo tiene relación jurídico-real con la COOPERATIVA, no con los asociados de ésta.

3. El trabajador asociado solo tiene relación jurídico-real con la COOPERATIVA, no con la empresa o el empresario, en la ejecución del contrato existente entre las dos entidades.

 

Régimen Legal Autoridad de Control

La Cooperativa del Trabajo se halla regulada por :

1.La Ley Nº 438/94;

2.El Decreto Nº 14.052/96;

3.Resolución N° 7.110/2011 del Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP)

La Autoridad Administrativa de control es el INCOOP

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